El jurado declara culpable de asesinato al acusado de matar a su mujer en Guadahortuna

El jurado declara culpable de asesinato al acusado de matar a su mujer en Guadahortuna

  • No se asumió ninguno de los atenuantes que pedía la defensa, entre ellos el de confesión

El jurado popular ha declarado culpable de asesinato y de tenencia ilícita de armas al hombre de 54 años que se enfrenta a 28 años de prisión por matar a su mujer a tiros, en el municipio de Guadahortuna en junio de 2018.

Compuesto por seis hombres y tres mujeres, el jurado ha enjuiciado a este hombre desde el pasado lunes en el marco de un juicio celebrado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada, que ha quedado visto para sentencia, tras su veredicto de culpabilidad, alcanzado por unanimidad.

El presidente del tribunal entregó el objeto del veredicto al mediodía de este pasado jueves al jurado, que se retiró entonces a deliberar hasta que, a última hora de la tarde, lo hizo público.

En sus conclusiones definitivas, tanto el Ministerio Público como la acusación particular, que representa a los intereses de la familia de la víctima, que tenía 43 años, piden para él una pena total de 28 años de prisión por la comisión de los delitos de asesinato y de tenencia ilícita de armas.

Este pasado miércoles, la fiscal defendió que la alevosía con la que actuó el procesado, en prisión provisional por estos hechos, es «de libro» pues «no apunta a cualquier sitio» sino «a la espalda» y «a menos de un metro».

Una vez paralizada, le dispara, según agregó la fiscal con base en los testimonios de testigos y peritos que se han escuchado estos días, un segundo tiro «casi inmediato y a corta distancia, al abdomen», y para «asegurarse la muerte», un tercero a la cabeza. El jurado ha asumido esa tesis por lo que, al considerar que hubo alevosía, determina que se trató de un asesinato.

Respecto de la atenuante de confesión propuesta por la defensa, que mantuvo que fue un homicidio imprudente, la fiscal mantuvo que no existe porque el procesado, en su declaración ante el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia, «habla de unos bichos» que se la aparecieron cuando disparó, si bien «no ha quedado acreditado» que «esta persona tuviera alucinaciones».

En su declaración, el acusado, al que también se le aplicarán las circunstancias agravantes de parentesco y de violencia de género, indicó que disparó cuando creyó que se le abalanzaban unas «hormigas muy grandes» tras consumir un litro de güisqui en su casa. En el proceso está representada como acusación popular la Junta en defensa del interés general.

La abogada que ejerce la acusación particular, Montse Linares, ha señalado, en declaraciones a Europa Press, que el jurado ha hecho «justicia», que es lo que quería la familia, como ella misma señaló a los medios el pasado lunes, a las puertas de la Audiencia de Granada, antes del inicio de este juicio.

Por su parte, la letrada de la defensa, Nuria Rodríguez, ha informado también de que el jurado ha considerado probada la circunstancia atenuante de confesión de los hechos, en relación con la declaración que hizo ante la Guardia Civil cuando fue detenido.

Según ha indicado Rodríguez a Europa Press, en su opinión, «no se trata de una muerte por violencia de género, sino causada por la dependencia al alcohol y por la personalidad psicopática del acusado». Igualmente, ha mostrado su agradecimiento al trabajo del jurado, «que ha permitido que el acusado sea juzgado con la transparencia necesaria para su derecho a la defensa».

Rodríguez ha pedido, en nombre de su representado, la aplicación del «límite mínimo permitido por el Código Penal», que, «si se estimase que persiste el fundamento cualificado de la atenuación», podría ser «la pena inferior en grado y castigarse el delito de asesinato con la pena de siete años y medio de prisión».

RELATO DE HECHOS

Según el escrito de conclusiones definitivas de la Fiscalía, el acusado se dirigió al domicilio familiar el 16 de junio de 2018, en torno a las 13,30 horas, en el que ya no vivía por su «afición» a la bebida, por lo que residía con su madre.

Portaba supuestamente un revólver para cuyo uso no tenía licencia. Con «el decidido e inequívoco propósito de acabar con la vida de su esposa», al llegar cerca del domicilio familiar, divisó cómo ella caminaba de espaldas, por lo que, «sin mediar palabra y de forma sorpresiva», habría efectuado un primer disparo que «le alcanzó a la espalda».

Ello le provocó «una parálisis súbdita de los miembros inferiores» a la víctima a la que, ya en el suelo, realizó supuestamente un segundo disparo a la región abdominal. Por último, y, según el fiscal, «con intención de asegurarse de la muerte» de ella, le descerrajó un tiro a quemarropa en la cabeza.

La víctima fue trasladada al Hospital de Traumatología de Granada, donde, a pesar de ser intervenida quirúrgicamente, falleció a las 17,30 horas del 17 de junio, por los politraumatismos causados por herida de arma de fuego.

El Ministerio Público agrega que el matrimonio, que tenía tres hijos en común, llevaba unos meses separado, lo que el acusado «no aceptaba, en la creencia de que su esposa pudiera mantener alguna otra relación con otra persona». Por ello, en otras ocasiones, se había dirigido a ella «con insultos y admoniciones de muerte», a lo que ningún miembro de la familia prestó atención.

En el momento de los hechos, el acusado «no presentaba ningún signo de haber ingerido bebidas alcohólicas» ni constan en el informe forense «patología neurológica ni psiquiátrica», detalla la fiscal, que pide para él 25 años de prisión por la presunta comisión de un delito de asesinato, por el que también interesa diez años de prohibición de acercarse a sus hijos a menos de 500 metros y de comunicarse con ellos.

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