Absuelto el exalcalde de Cogollos Vega tras ser acusado de «beneficiar» a una empresa
- Descarta la acreditación de la comisión de un delito de malversación de fondos públicos, en grado de tentativa puesto que «ningún perjuicio efectivo consta producido al erario municipal»
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha absuelto al exalcalde independiente de Cogollos Vega Francisco José Luzón en el caso en que la Fiscalía le pedía cinco años y tres meses de prisión por supuestamente «beneficiar» a una empresa de materiales de construcción, en el marco de un plan que consideraba que había urdido con otros tres procesados, que también han quedado exculpados.
La Fiscalía y el Ayuntamiento de Cogollos Vega, que gobierna actualmente el PP, pedían también seis años de inhabilitación por supuestos delitos de prevaricación administrativa, malversación de fondos públicos y falsedad en documento mercantil de los que venía siendo acusado Luzón junto al que fuera su concejal de Urbanismo, también del Grupo Independiente de Cogollos Vega (GIC) y dos administradores (padre e hijo) de una empresa de materiales de construcción del municipio del área metropolitana de Granada.
Así lo ha indicado el exalcalde en un comunicado del GIC, en que ha detallado que ha estado defendido en este caso por el letrado Manuel Fernández Roldán del despacho Hispacolex. Según Luzón, en su etapa de ocho años de alcalde intentó «hacer lo mejor para Cogollos Vega y para sus vecinos», y no hizo «uso del poder» que «otorgan los ciudadanos para saldar venganzas y rencillas personales, en contra de nadie».
En este caso se enjuició la supuesta «confección de tres facturas falsas de materiales de obras que no se habían realizado nunca», ha detallado el comunicado, después de que el juicio quedara visto para sentencia el pasado miércoles 7 de abril, después de que su finalización fuera aplazada en dos ocasiones por la declaración de un testigo que no se había presentado.
La sentencia, de fecha 4 de mayo, consultada por Europa Press, señala que «no comparte la tesis fáctica que sostienen las acusaciones» en relación a «un concierto de voluntades entre los acusados para lucrarse a costa del patrimonio municipal mediante la emisión de facturas falsas por parte de los responsables de la mercantil».
En este sentido, entiende «que no existe acreditación de los elementos fácticos esenciales que sustentan las acusaciones que se formulan contra los distintos acusados» y que, con base a la prueba documental, y en relación a «las facturas que se cuestionan, se siguió el indicado procedimiento».
Así, «existe nota de pedido firmada por el ex concejal acusado» al igual que «albarán de entrega firmado» por él mismo y «a las facturas presentadas se han unido ambos». No hubo pues «desviación antijurídica» en su actuación ni en la del exalcalde.
Además, la sentencia refleja que «la razón fundamental que lleva a este tribunal a descartar la comisión de un delito de prevaricación por parte de los acusados es que el actual alcalde», de Cogollos Vega, Manuel Lucena, «reconozca que el procedimiento que sigue el Ayuntamiento para la contratación de los suministros de materiales no ha sido modificado con relación al que se seguía en la época del señor Luzón y que el secretario interventor no efectuase reparo a las facturas de referencia».
Igualmente la Audiencia Provincial de Granada excluye el delito de falsedad de documento mercantil al «no estar claro que la emisión de las facturas no haya respondido a una real prestación de los servicios y suministros de los materiales que reflejan».
Asimismo descarta la acreditación de la comisión de un delito de malversación de fondos públicos, en grado de tentativa puesto que «ningún perjuicio efectivo consta producido al erario municipal».
En su valoración de la sentencia, Luzón ha afirmado que «prestarse a faltar a la verdad en un juicio no debería salir gratuito y el propio sistema judicial debería castigar estos comportamientos que dañan la honorabilidad de las personas inocentes y por ende entorpecen la encomiable labor de los profesionales y magistrados de la Administración de Justicia».
El fiscal señalaba que el plan que sostenía que se había pergeñado había supuesto un «grave prejuicio» para los contribuyentes de Cogollos Vega, con la emisión de tres facturas a favor de la mercantil por, entre otros, «obras nunca ejecutadas en el municipio» pero que, «entre otros aspectos», no correspondían supuestamente con trabajos hechos en el pueblo.