Alertan del riesgo de contagio al aumentar el personal presencial en los juzgados

Alertan del riesgo de contagio al aumentar el personal presencial en los juzgados

  • Desde la sección sindical de CCOO de la administración de Justicia de Granada muestran su total rechazo ante la decisión del Ministerio de Justicia, y de la Consejería de Justicia, que sin consultar con la autoridad sanitaria han incrementado la presencialidad en los centros de trabajo incrementándose también el riesgo de contagio

Esta decisión, que consideran innecesaria, y que contraviene la suspensión de diligencias judiciales establecida en el Real Decreto 463/2020 por la que se decretó el estado de alarma, desde CCOO consideran como un gravísimo error el aumento de personal presencial, y que en la práctica supone que se incrementa en un 130% el número de personal que venía atendiendo hasta ahora los servicios esenciales. Como ejemplo, en la jurisdicción civil con 18 juzgados de primera instancia, asistían de manera presencial 2 personas, a partir de ahora serán 25, o como en los Juzgados de Paz en los que la plantilla pasa de estar disponible a que el 50% esté de manera presencial. En este tiempo de confinamiento y disponibilidad de las trabajadoras y trabajadores se ha demostrado que no han existido diligencias urgentes e inaplazables que no hayan sido atendidas en ninguno de los órdenes jurisdiccionales.

Es inexplicable que las trabajadoras y trabajadores que de manera presencial están obligados a permanecer en las distintas sedes judiciales, en la gran mayoría de casos, no podrán tramitar asuntos que no sean urgentes, ya que no existe normalidad en cuanto a la obligatoria presencia de los responsables de impulsar y ordenar el procedimiento judicial, la imposibilidad de notificación y del cómputo de plazos, parece más una maniobra para acallar críticas de la élite judicial y con respecto a otros operadores que intervienen en los procedimientos judiciales.

Desde CCOO entienden que se producirá una ilegalidad con la práctica de actuaciones judiciales no contempladas en la disposición adicional segunda del real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma que ha sido prorrogado, de momento, hasta el 26 de abril y destacamos la imposibilidad de aceptar escritos y demandas no relativas a servicios esenciales, ya que también está prohibida por las disposiciones legales del estado de alarma.

Según la organización, el Ministerio de Justicia ha claudicado a las presiones que desde el Consejo General del Poder Judicial, Tribunales Superiores de Justicia y determinados colegios profesionales, eliminando el sistema de disponibilidad que se estableció en la resolución de 1 de abril de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía, para la atención de los servicios esenciales, volviendo a la obligación presencial en todos los centros de trabajo haya o no haya que realizar actuaciones de las incluidas en estos servicios esenciales.

De manera engañosa y propagandística el Ministerio de Justicia permite ahora la posibilidad de practicar diligencias de servicios no esenciales, mediante teletrabajo, a sabiendas de que en esta administración se carecen de medios técnicos y materiales que lo permita, al menos para el personal de los cuerpos generales de la administración de Justicia.

CCOO denuncia que fruto de la irresponsabilidad y falta de compromiso con la salud pública del C.G.P.J. y del Ministerio de Justicia, centenares de funcionarios y funcionarias quedarán expuestos a más riesgo de contagio del estrictamente inevitable para la atención de los derechos fundamentales de la ciudadanía y la tutela judicial efectiva, con el sistema general de disponibilidad vigente hasta el día de ayer, han sido atendidos puntualmente y sin excepción en todas y cada una de las oficinas judiciales y fiscalías de todo el territorio nacional.

CCOO exige que se dote de medios de prevención adecuados y suficientes, así como la realización de test a todos los que están obligados a asistir de manera presencial, o en caso contrario CCOO entiende que debe suspenderse inmediatamente la actividad, porque la defensa de la salud es el primer objetivo, también en la Administración de Justicia. Desgraciadamente se demuestra, una vez más, que la salud de las trabajadoras y trabajadores está minusvalorada en relación a las presiones que han venido ejerciendo las élites judiciales y otros colectivos.

CATEGORÍAS

COMENTARIOS

Wordpress (0)
Disqus ( )