El Algarrobico de Graná
El pasado martes 11 de febrero, el Consejo de Ministros inició el proceso para la declaración de interés público de parte de los terrenos en los que se levantó el polémico complejo, un paso previo para la expropiación y su posterior demolición. El objetivo no es otro que el de acabar con la larga batalla judicial y la controversia que el Algarrobico ha generado desde el inicio de su construcción, hace ya más de dos décadas.
La historia de este hotel fantasma, propiedad de la constructora Azata del Sol, S.L., ha estado repleta de altibajos. Aunque en un principio contaba con permisos municipales y autonómicos, pronto comenzaron a surgir denuncias de organizaciones ecologistas alertando de su ilegalidad por invadir un área de especial protección frente al mar. En 2008, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía paralizó las obras cuando ya estaba casi terminado, anunciando posteriormente, su derribo. Sin embargo, su desenlace se ha encallado una y otra vez en los interminables procesos judiciales propios de la justicia española y veinte años después estamos como estábamos.
Sirva esta introducción para situarnos en lo que podría convertirse en el “Algarrobico de Graná”, que no es otro que los distintos negocios de hostelería levantados entre el Pabellón Mulhacén, levantado con motivo de la Universiada y el Palacio de Deportes, construcciones todas ellas que hace unos días declaraba como ilegales el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dando así firmeza a una sentencia de lo Contencioso-Administrativo que en 2018 declaró ilegal la ordenación de la parcela donde se ubica el Pabellón Mulhacén del Zaidín, por haber destinado gran parte de ese suelo que tenía un uso deportivo obligatorio, a la construcción de edificios destinados a usos lucrativos, en referencia a los restaurantes ubicados en la zona mediante el arrendamiento de locales a la empresa concesionaria de un suelo que es municipal. La Sala de casación autonómica ha inadmitido los recursos presentados por el Ayuntamiento de Granada y la mercantil Fontdeis que construyó los edificios y con este auto, que se ha hecho esperar más de cinco años, queda zanjado un pleito judicial de gran relevancia para la ciudad.
La resolución fechada el cinco de febrero, rechaza la pretensión del Ayuntamiento de Granada de que la sentencia del TSJA de 2018 fuera revisada, al considerar los magistrados, entre otras cosas, que aquella resolución no tiene por qué establecer un criterio jurisprudencial erróneo, como alegaban los recurrentes. El Ayuntamiento pretendía que se admitiera el recurso de casación alegando que este caso podría afectar a un gran número de situaciones parecidas en el urbanismo, ya que es habitual que se destine una parte de esas parcelas de uso deportivo a la instalación de negocios lucrativos. El TSJA no lo considera acreditado y circunscribe la resolución a esa parcela en concreto.
Desde aquella sentencia del TSJA en 2018, los locales de restauración ubicados en la esquina entre la calle Torre de la Pólvora y el Paseo del Emperador Carlos V, frente al Palacio de Deportes, se encuentran bajo la espada de Damocles de la demolición, ya que la Sala anuló el estudio de detalle que autorizaba su construcción, a pesar de que la parcela completa estaba reservada para el pabellón y otras instalaciones deportivas.
Aquella sentencia, ahora confirmada, establecía que el estudio de detalle impugnado “infringe la regulación sobre usos del suelo” contenida en el Plan General de Ordenación Urbanística de Granada, porque en una parcela de uso deportivo obligatorio no se puede permitir la construcción de edificios destinados a otros usos.
Pues mucho ojito porque algo parecido puede estar volviendo a pasar con ese insólito decreto de la Junta de Andalucía, por el cual, y bajo la excusa de la obvia necesidad de viviendas, se permite la construcción de las mismas en suelo de uso dotacional, donde solo se podrían levantar equipamientos públicos. Nada más conocerse el anuncio de decreto, el Ayuntamiento de Granada “alumbró”, con inusual eficiencia, la construcción de mil viviendas en tres parcelas de la ciudad con uso deportivo o educativo; hablamos de la parcela junto a las cocheras del metro, prevista para uso deportivo, donde ya no habrá deportes y sí 700 viviendas, la parcela de la ciudad deportiva de Granada 92, donde ya no habrá una residencia de estudiantes y sí 370 viviendas; o la parcela Fórum, junto a la futura Ciudad de la Justicia, donde tampoco habrá uso deportivo y sí 120 viviendas.
Es verdaderamente curioso que solo unos días antes de conocerse el decreto, un conocido prócer granadino adquiriera una de esas parcelas, al irrisorio precio de 150 euros el metro cuadrado, precio que al día de hoy se ha multiplicado al nivel de pelotazo “cum laude”.
Parece que esta ciudad nunca va aprender de sus errores y a poco que encuentre un resquicio, vuelve a convertirse en el paraíso de la corrupción urbanística. Lo malo es que una vez desatado en pandemonim de hormigón y por muy contundentes que sean las sentencias en su contra, va a ser muy difícil, por no decir imposible, asistir a la demolición de lo declarado ilegal ¿O es que ustedes confían en que van a ver demoler el McDnals, la Cueva y demás establecimientos frente al Palacio de Deportes?