El Ayuntamiento de Chimeneas es obligado a restituir en su jornada a una trabajadora de ayuda a domicilio

El Ayuntamiento de Chimeneas es obligado a restituir en su jornada a una trabajadora de ayuda a domicilio

  • El horario le «fue constantemente alterado a la baja» con hasta «41 modificaciones de su jornada laboral»

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia que obliga al Ayuntamiento de Chimeneas a restituir el horario modificado a una trabajadora del Servicio de Ayuda a Domicilio.

El Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) ha anunciado que la trabajadora afectada es delegada sindical y que había obtenido la restitución de su horario de trabajo por una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Granada.

El horario le «fue constantemente alterado a la baja» con hasta «41 modificaciones de su jornada laboral», y la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 obligaba al Ayuntamiento de Chimeneas a restituir a la trabajadora su jornada de trabajo en 24’30 horas semanales y a abonarle la cantidad de 2.000 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios a causa de «la violación de sus derechos fundamentales».

Contra la anterior sentencia, el Ayuntamiento de Chimeneas presentó recurso ante el TSJA alegando errores en la apreciación de las pruebas y hechos probados, el cual ha sido desestimado por el Alto Tribunal andaluz en su sentencia, de fecha 6 de febrero.

Según ha subrayado el SAT, que se ha congratulado de este nuevo pronunciamiento judicial, que está en la línea de otros anteriores «ratificando otras de instancias inferiores que obligan a las empresas a restituir el horario escamoteado a trabajadoras» del ayuda a domilio, la Sala de lo Social del TSJA rechaza el recurso del Ayuntamiento para reiterar que «la Administración local había conculcado los derechos de la compañera».

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