El Ayuntamiento incumple la normativa al no haber convocado aún el Consejo Social
- El órgano consultivo debe ser convocado, como máximo, tres meses después de la finalización del periodo electoral
Al amparo del artículo 131 de la Ley 57/2003 de 16 de diciembre de medidas para la modernización del gobierno local, se constituyó en 2004 el Consejo Social de la ciudad de Granada. Este organismo, de carácter consultivo, nació como foro de diálogo y de participación de los agentes sociales del municipio, con las funciones composición y organización previstas en la ley y en el citado reglamento.
Así pues, desde 2004 Granada goza de este ente que, según su propia normativa, debe ser convocado una vez cada tres meses, una circunstancia que ha sido desoída. Se incurre también en el incumplimiento si se atiende a la cláusula que indica que, tras un proceso electoral, debe haber una reunión con el Consejo Social en un periodo máximo de un trimestre. En total, 105 días han pasado desde que Luis Salvador tomase posesión del cargo de alcalde, aunque el organismo no ha sido convocado aún. De hecho, hay que remontarse diez meses en el tiempo para ver la última reunión realizada.
Ante la advertencia de Comisiones Obreras sobre esta situación y la inoperancia del organismo, que sigue sin estar siquiera constituído, el equipo de gobierno incluyó de urgencia una moción para elegir en el pleno de ayer al nuevo presidente y «activar el Consejo cuanto antes», según declararon al diario Ideal fuentes del Ayuntamiento.
Desde el sindicato ya indicaron la semana pasada la falta de operatividad del que definieron como «el espacio de la sociedad civil en la política municipal», una advertencia que repitieron esta misma semana, a la que añadieron la petición de una mayor dotación económica «que le permita desarrollar su actividad con normalidad».