La Fiscalía constata un «fuerte repunte» de la siniestralidad laboral en la provincia
La Fiscalía de Granada ha destacado el «fuerte repunte» que la siniestralidad laboral ha tenido en esta provincia en el último año, con un índice de accidentes laborales en 2019 superior en un 4,43 por ciento a la media de las demás provincias de Andalucía.
Así lo expone la fiscal delegada de siniestralidad laboral, Marta Martín Santos, en la memoria anual de la Fiscalía Superior de Andalucía, donde se pone de manifiesto que el número de fallecidos en esta provincia «sigue una tendencia al alza que se confirma en el año 2019», en el que se registraron ocho procedimientos judiciales por muerte del trabajador, frente a los cinco del año anterior.
Igual sucede con las causas por lesiones graves y muy graves, que experimentaron un aumento del 33,6 por ciento, habiendo pasado las causas abiertas de 366 en 2018 a 489 en 2019, según se expone en la memoria, consultada por Europa Press.
En lo que va de 2020 UGT y CCOO ya han contabilizado siete accidentes laborales con resultado de muerte, entre los que se encuentran el de un trabajador de 42 años que perdió la vida en mayo tras caerse desde un tejado en una nave del polígono industrial Juncaril o un obrero que falleció el pasado verano al sufrir una descarga eléctrica en Peligros.
El análisis de la evolución de la siniestralidad laboral realizado por la Fiscalía pone de manifiesto un aumento en 2019 de las diligencias de investigación penal del 32,6 por ciento en relación al año anterior, así como de las denuncias presentadas por el Ministerio Público, que han sido 12, por las ocho del pasado ejercicio.
La Fiscalía expone a este respecto que «afortunadamente» los Juzgados de lo Penal y la Audiencia Provincial han logrado superar las cuestiones relativas a los problemas de autoría, elementos del delito y relaciones concursales que habitualmente presentan los delitos de siniestralidad laboral.
Centrándose ahora los mayores problemas en la impugnación de las sentencias absolutorias, dado que la aplicación de la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional hace «prácticamente imposible» que la Audiencia Provincial condene en segunda instancia y revoque las sentencias absolutorias.