La JEC tumba la denuncia del PP contra Sánchez por anunciar el Perte agroindustrial en Níjar

La JEC tumba la denuncia del PP contra Sánchez por anunciar el Perte agroindustrial en Níjar

  • El organismo arbitral recalca que las normas comunitarias exigen dar publicidad a los programas financiados con fondos europeos

La Junta Electoral Central (JEC) ha desestimado este jueves la denuncia presentada por el PP, que pedía sanciones para el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por haber anunciado, en plena campaña para las elecciones de Castilla y León, la aprobación de un Proyecto Estratégico para la Recuperación Económica (Perte) específico para el sector agroindustrial. Según la JEC, no se produjo ninguna vulneración de la Ley Electoral y, en concreto, no se utilizaron fondos públicos para hacer electoralismo.

Fue el pasado lunes cuando Sánchez, en el transcurso de una visita a la planta geotérmica de Cardial Recursos Alternativos SL, en Níjar (Almería), anunció que al día siguiente el Consejo de Ministros aprobaría el citado plan, dotado con mil millones de euros.

El líder del PP, Pablo Casado, fue muy crítico con este tipo de «anuncios electoralistas» de Sánchez en plena campaña y fue él quien anunció que su partido iba a acudir a la JEC para denunciar lo que consideraba un intento de «compra de votos». «Ya está bien de juego sucio», proclamó en un acto de campaña.

En su resolución de este jueves, recogida por Europa Press, la JEC resalta que el acto tuvo una «inequívoca naturaleza pública e institucional» y, tras un «examen detenido» de las palabras pronunciadas por el presidente del Gobierno, concluye que mantuvieron «un nivel razonable de neutralidad institucional» y que «estaban circunscritas al ámbito específico y concreto de la visita a una planta geotérmica en Andalucía».

Así, aunque asume que Sánchez se refirió a proyectos de ámbito nacional, el organismo arbitral considera que no cabe «deducir» que sus declaraciones «hayan tenido una incidencia apreciable en el proceso electoral autonómico de Castilla y León».

La semana pasada la JEC sí atendió una denuncia del PP y ordenó retirar de la web de Moncloa un discurso de Sánchez sobre pensiones y empleo por considerar que su difusión «quebranta la prohibición» de hacer propaganda electoral con medios públicos en pleno proceso electoral de Castilla y León.

Como en su resolución de hace una semana, el organismo arbitral insiste en que «la existencia de un proceso electoral en curso no interrumpe el funcionamiento normal de las administraciones públicas», pero, en el caso del discurso de Níjar destaca que Sánchez evitó «la introducción de manifestaciones valorativas de contenido electoralista» y que no le consta que desde Moncloa de haya hecho un uso propagandístico de sus palabras.

En este sentido reseña que «no parece, o al menos no se acredita, que desde el Ministerio de Presidencia del Gobierno se haya efectuado un tratamiento imprudente de dichas declaraciones encaminado a su difusión masiva, que pueda considerarse como una instrumentalización de los medios y recursos públicos de los que dispone la Administración con vistas a movilizar el voto de los castellano-leoneses en beneficio de una candidatura determinada».

Además, el PP había solicitado que se retirara de la web oficial del Gobierno la entrada en la que se deba cuenta parte de la rueda de prensa en la que la ministra Portavoz, Isabel Rodríguez, y el titular de Agricultura, Luis Planas, daban cuenta de los principales asuntos aprobado por el Consejo de Ministros del 8 de febrero, con especial incidencia en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (Perte) del sector agroalimentario.

Tras destacar que el PP no ha «denunciado la rueda de prensa» en la que se explicaron esos acuerdos, la JEC indica que tampoco los mensajes incluidos en esa entrada de la web de Moncloa parece que tengan «una particular incidencia electoralista» en las elecciones de este domingo.

Por otra parte, añade que debe tenerse en cuenta que esa información se refería a un Proyecto Estratégico para la Recuperación y Recuperación Económica (Perte) y que, según las normas europeas, los perceptores de estos fondos europeos deben dar «visibilidad» a los mismos «facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público».

«Esos mensajes pueden entenderse cubiertos por esa exigencia de información regulada en la normativa comunitaria, y en consecuencia como campaña imprescindible para salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos», agrega el organismo arbitral.

Por todo ello, la JEC determina que «no cabe considerar que se haya producido una transgresión del artículo 50.2 de la Loreg» que prohíbe la financiación con fondos públicos de mensajes electorales y desestima íntegramente la denuncia del PP.

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