La mujer del César

En la vida de toda persona se puede diferenciar un ámbito público (“imagen pública”) y un ámbito privado (“vida privada”). Estos dos ámbitos tendrán una dimensión diferente, en función de la situación y proyección que tenga la persona dentro de la sociedad. No es lo mismo un famoso o una persona que ocupa una alta responsabilidad política, económica o social, que la mayoría de los ciudadanos.

Sin duda, el desempeño de cargos de relevancia pública conlleva unos beneficios (generalmente económicos, así como también de influencia social), aunque también una serie de limitaciones en relación a la vida privada. Personalmente no me gustaría ser S.M. Rey, prefiero llevar una vida privada más rica y tranquila.

Periódicamente surgen casos de famosos cuya actividad privada puede presentar situaciones llamativas e incluso contradictorias con su imagen pública.  En este caso hay que reseñar que existe un sector de los medios de comunicación especializados en este tipo de noticias.

Por otro lado, la utilización de la cercanía al poder de “conseguidores” es tan antiguo y mundialmente generalizado (también se produce en los “modélicos” países del norte de Europa) como la historia de la humanidad, aunque el desarrollo más complejo se inicio fundamentalmente a partir del Imperio Romano. Los casos como “Tito berni”, Koldo o la trama del Caso Gürtel, son simplemente ejemplos.

No obstante, en los últimos meses han surgido algunos casos de especial relevancia por su relación con altos cargos políticos y su utilización partidista.

Tenemos el caso del compañero sentimental de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. En primer lugar quiero dejar claro que ella no me gusta en sus formas políticas, aunque le reconozco su alta capacidad de gestión y su claridad de ideas.

El referido compañero sentimental ha sido condenado por delito fiscal, cometido antes de iniciar su relación con Isabel Díaz Ayuso. Sin duda, la Presidenta de la Comunidad de Madrid no tiene ningún tipo de responsabilidad por lo que este señor haya podido hacer antes de iniciar su relación. En este caso, la acción de la Fiscalía General del Estado y la manipulación interesada de la izquierda y sus medios periodísticos afines es totalmente rechazable. La acción sectaria del Fiscal General del Estado podría ser un claro ejemplo de prevaricación.

Otro caso relevante es el que afecta a la esposa del actual Presidente del Gobierno de España.

En un principio pensé que era un claro caso del aprovechamiento de una posición privilegiada gracias a ser quien es (conyugue del Presidente del Gobierno de España), aunque sin alcanzar a ser delito. Sin duda, el que obtuviera determinadas prebendas fue por ser quien era, el resto de los “mortales” no tenemos acceso a determinadas altas instancias políticas, sociales o económicas. Conseguir que te monten una catedra en una universidad pública sin tener siquiera una titulación universitaria oficial o una fundación para facilitar las “relaciones” con países de África, es al menos llamativo.

No obstante, las últimas noticias que se van conociendo llevan a pensar que si pudo cometer una seria de actuaciones que pudieran tener responsabilidad penal (actuar en favor de empresas con problemas económicos, facilitar los contactos de algún empresario con las personas “adecuadas”, utilización de las oficinas públicas del Palacio de la Moncloa  para mantener reuniones privadas incluyendo la presencia del Presidente del Gobierno, la apropiación de software pagado por el sector privado para la Universidad Complutense de Madrid,…). A pesar de todo, poder demostrar en un juicio que se han cometido delitos relacionados con el tráfico de influencias es muy difícil.

A este caso, hay que sumar otro en el entorno del actual Presidente del Gobierno, el de su hermano. Es el Director de la Oficina de Artes Escénicas de la Diputación de Badajoz desde el año 2017. Contra él se ha presentado una denuncia por delitos contra la Hacienda Pública, tráfico de influencias y prevaricación. Además, se le acusa de no ir al trabajo y de haber incrementado su patrimonio en 1,7 millones de euros desde 2017.

Para acabar, aunque la relación de casos es mucho más larga, tenemos el caso de la exdirectora del Instituto de la Mujer. Parece ser que a través de las dos empresas que tiene con su mujer, habría obtenido en concursos restringidos (“a dedo”) 64 contratos de ayuntamientos socialistas. El montante de los contratos excedería los 250.000 €.

De todos modos, como suelo defender, debe dejarse a la Justicia que haga su trabajo. Al final, nos gustará la sentencia o no, pero en todo caso habrá que acatarla pues es la base de nuestro ordenamiento jurídico y del funcionamiento de la sociedad.

Esta no quita para que desde algunos sectores interesados se intente blanquear la verdad.

Un clar0 ejemplo es la anulación de las sentencias del caso de los “EREs”. Las sucesivas sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional anulan las diferentes condenas debido a la conculcación de los derechos constitucionales de los inculpados por parte de los distintos juzgados, incluido el Tribunal Supremo, que han juzgado estos hechos, pero no niega en ningún caso la existencia de los delitos. Es cierto que no hubo un enriquecimiento directo de la alta cúpula socialista andaluza, pero no pueden ocultar que utilizaron los fondos públicos (¡¡¡630 millones de euros¡¡¡) para organizar una trama en beneficio propio y de sus adláteres, y controlar las elecciones para mantenerse en el poder de forma indefinida. Los andaluces no somos tontos y no olvidamos la corrupción de la etapa socialista.

En mi opinión, no se puede ni se debe impedir el que familiares directos o indirectos de responsables políticos puedan tener actividades económicas, pero debe arbitrarse una serie de medidas de control que aseguren que no se benefician de su posición para realizar estas actividades económicas.

En resumen, como decían los romanos: la mujer del César, además de ser honesta, debe parecerlo.

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