La revisión de la sentencia que anuló el congreso del PP se adelanta al 16 de julio
- En este congreso, sobre el que Juan García Montero presentó una demanda, salió reelegido presidente Sebastián Pérez
La Audiencia de Granada ha adelantado al 16 de julio la fecha para resolver el recurso que la dirección provincial del PP ha presentado contra la sentencia que ha dejado sin efecto por supuestas irregularidades el XIV Congreso Provincial de este partido, donde Sebastián Pérez salió reelegido presidente.
Inicialmente, la Audiencia señaló el 23 de julio para la votación y fallo del recurso de apelación, sin embargo la baja por enfermedad de un magistrado ha conllevado un cambio en la constitución de la Sala, la suspensión de esta fecha y el nuevo señalamiento, según consta en una providencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
El Juzgado de Primera Instancia 7 de Granada dejó sin efecto en septiembre de 2018 el XIV Congreso Provincial del PP de Granada que se celebró el 20 de mayo del año anterior y en el que Sebastián Pérez salió reelegido como presidente, y acordó retrotraer el proceso a su inicio por infracción de la Ley de Partidos Políticos y del reglamento de organización de esta formación.
La sentencia se produjo a raíz de la demanda que presentó Juan García Montero, hasta este pasado mandato concejal del PP en el Ayuntamiento de Granada, por supuestas irregularidades en este proceso congresual, en el que aspiró a liderar el partido.
El juez estimó íntegramente su demanda contra el PP de Granada y declaró la nulidad de una Junta Directiva Provincial en la que se abordaron asuntos vinculados al congreso , dejando sin efecto la convocatoria del mismo, «así como todo el proceso congresual celebrado posteriormente», acordando retrotraer el congreso a su inicio, debiendo convocarse de nuevo la Junta Directiva Provincial.
Durante el juicio, varios cargos del PP de Granada reconocieron ante el juez que no se revisó que los afiliados estuvieran al corriente de pago de las cuotas para votar en el congreso provincial de la formación.
A este respecto, en la sentencia se resalta que, de acuerdo al reglamento del congreso y a lo recogido en los estatutos, era obligatorio estar al corriente de pago para poder votar. García Montero también solicitó la nulidad de los acuerdos del Comité Organizador del Congreso sobre la distribución de los compromisarios y del acuerdo sobre la forma de acceso para la consulta del censo de afiliados.